Publicado en Búlgaros En España (http://bulgaros.com.es)

Consejo de la Unión Europea

Es la principal instancia decisoria de la Unión. También fue creado por los Tratados constitutivos de los años cincuenta, como lo fue el Parlamento. Representa a los Estados miembros y asiste un Ministro de cada uno de los Gobiernos nacionales de la Unión Europea a cada reunión que se celebra.
 
Los Ministros cambian en función de la orden del día según sus áreas específicas. En total hay nueve formaciones distintas del Consejo de la Unión Europea [1]:
 

 
Cada Ministro participante es responsable con su firma de todo el Gobierno y también ante su Parlamento nacional y los ciudadanos. Así es como se garantiza la legitimidad democrática de las decisiones del Consejo.
 
Se realizan Cumbres anuales en el Consejo Europeo –hasta cuatro- de las que participan los Presidentes o los Primeros Ministros de los Estados miembros y también el Presidente de la Comisión Europea. En ellas se establece la política global de la Unión y se resuelven cuestiones que no pueden solventarse en un nivel más bajo. Dada la importancia de estos debates, se encuentran en el centro de las agendas de comunicaciones durante su transcurso.
 
Responsabilidades del Consejo:
 

 

 

 

 

 

 
Organización del trabajo
 
Comité de Representantes Permanentes (Coreper): En él se reúnen semanalmente los representantes permanentes para preparar el trabajo del Consejo. Sus miembros se encuentran en Bruselas y pertenecen a cada Estado miembro, defendiendo el interés nacional en el seno de la Unión.
Presidencia: Semestralmente, cada país miembro preside todas las reuniones y se hace cargo de la agenda del Consejo, promoviendo las decisiones legislativas y políticas y mediando para conseguir acuerdos entre los Estados.
Secretaría General: Es la encargada de preparar y garantizar el buen funcionamiento de la institución en todos los niveles. El Secretario General está asistido por el Secretario General Adjunto, persona responsable de la gestión de la Secretaría General.
 
Las decisiones se toman por votación. En algunos temas particularmente sensibles (PESC, fiscalidad, asilo, inmigración) las decisiones del Consejo tienen que ser unánimes. Pero sin embargo, en la mayoría de las cuestiones el Consejo decide por mayoría cualificada (mayoría de Estados miembros que lo aprueben ó un mínimo de 232 votos: 72,3 % del total y siempre se puede confirmar que sea una cifra mayor al 62 % de la población total, que es el mínimo exigido).
 


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